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La Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) ha revisado las normas internacionales, mediante revisiones de 12 anexos en diferentes lotes y la aprobación de nuevos procedimientos de servicios de navegación aérea: meteorología.

Dec 08, 2025 Dejar un mensaje

La Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) ha revisado los estándares internacionales-mediante revisiones de 12 anexos en diferentes lotes y la aprobación de nuevos procedimientos de servicios de navegación aérea-meteorológicos.

 

luces de baliza para camiones,

sistema de iluminación del aeródromo,

Iluminación del suelo del aeródromo,

Luz de línea central de aproximación.

 

                                        

El 28 de marzo y el 2 de abril de 2025, las sesiones 12.ª y 14.ª del 234.º Consejo de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) consideraron y aprobaron, respectivamente, diferentes lotes de revisiones de 12 anexos y un nuevo Procedimiento de servicios de navegación aérea – Meteorología. Estos incluyen:

**La 82.ª revisión del Anexo 3, Servicios meteorológicos de navegación aérea internacional, que implica ajustes estructurales al Anexo 3, el Servicio de información meteorológica espacial, la Información cuantitativa sobre cenizas volcánicas y la Vigilancia de volcanes en las vías aéreas internacionales (IAVW), el Modelo de intercambio de información meteorológica de la OACI (IWXXM), el Sistema mundial de pronóstico regional (WAFS), y el perfeccionamiento de la definición de autoridades meteorológicas y la introducción de una nueva definición de proveedores de servicios meteorológicos.**

**La quincuagésima revisión del Anexo 6, Operaciones de aeronaves, Parte I – Transporte aéreo comercial internacional – Aeronaves, implica alinear las referencias en los anexos con el nuevo Procedimiento de servicios de navegación aérea – Meteorología (PANS MET, Doc 10157).

**La 42ª revisión del Anexo 6, Operaciones de Aeronaves, Parte II – Aviación General Internacional – Aeronaves, implica alinear las referencias en los anexos con los nuevos PANS MET.** El Anexo 6, Parte III, "Operaciones de Aeronaves" - "Operaciones Internacionales - Helicópteros", revisado por 26ª vez, implica revisar las referencias en el anexo a los nuevos PANS MET.

El Anexo 10, Volumen I, "Telecomunicaciones aeronáuticas" - "Radioayudas a la navegación", revisado por 94ª vez, incluye: monitoreo avanzado de la integridad del receptor autónomo (ARAIM), sistema de posicionamiento global (GPS), sistema Galileo, sistema de aumento basado en satélite-(SBAS), sistema de aumento basado en tierra-(GBAS), instrumento de medición de distancia (DME) y planificación de asignación de espectro para el sistema de aterrizaje por instrumentos (ILS). Baliza omnidireccional (VOR) de muy alta frecuencia, instrumento de medición de distancia y sistemas de aumento basados en tierra-.

El Anexo 10, Volumen II, "Telecomunicaciones aeronáuticas" - "Procedimientos de comunicación, incluidos aquellos con estatus de servicio de navegación aérea", revisado por 94ª vez, implica revisiones posteriores del Anexo 10, Volumen III, "Sistemas de comunicación", la actualización de los requisitos de la Red de telecomunicaciones aeronáuticas (ATN)/Conjunto de protocolos de Internet (IPS), y revisiones posteriores del Anexo 3, "Servicios meteorológicos de navegación aérea internacional", y las nuevas disposiciones de los PANS MET relativas Servicios de información meteorológica espacial.

El Anexo 10, Volumen III de *Telecomunicaciones Aeronáuticas* – Revisión 93, aborda las actualizaciones de los requisitos para la Red de Telecomunicaciones Aeronáuticas (ATN)/Suite de Protocolos de Internet (IPS) con respecto a la movilidad de IPS a través de múltiples medios, nombres y direcciones, seguridad de IPS, Calidad de Servicio (QoS), gestión de sistemas y transición general.

El Anexo 10, Volumen V de *Telecomunicaciones aeronáuticas* – Revisión 91, aborda el uso de frecuencias para comunicaciones de aviónica en-vuelo (WAIC), sistemas de aterrizaje por instrumentos (ILS), balizas omnidireccionales de muy alta frecuencia (VOR), equipos de medición de distancia (DME) y sistemas de mejora del terreno (GBAS).

El Anexo 11, Servicios de tránsito aéreo, revisión 54, refina la definición de autoridades meteorológicas, introduce una nueva definición de proveedores de servicios meteorológicos y hace referencia a los nuevos PANS MET.

El Anexo 14, Aeropuertos, Volumen I de *Diseño y operaciones de aeropuertos*, 18ª revisión, aborda el diseño de aeropuertos, ayudas visuales a la navegación, servicios en tierra, servicios de gestión de plataforma y superficies limitadoras de obstáculos (OLS).

El Anexo 14, Volumen II – Helipuertos, pasa por su décima revisión, referente al sistema de acreditación y gestión de seguridad (SMS) para helipuertos, así como a las superficies limitadoras de obstáculos y ayudas visuales (iluminación) relacionadas con los helipuertos.

El Anexo 15, Servicios de información aeronáutica, pasa por su 44ª revisión, que implica revisiones posteriores del Anexo 3 relativo a los servicios de información meteorológica espacial.

La primera edición de los Procedimientos de servicios de navegación aérea – Meteorología (PANS-MET) cambia el suministro de información y servicios meteorológicos de un enfoque "centrado en el producto-" a un entorno de gestión de información de todo el sistema-basado en la información (SWIM); también transfiere especificaciones técnicas del Anexo 3 a los PANS-MET, lo que hace que las disposiciones del Anexo 3 sean más estables.

Estos anexos entrarán en vigor el 4 de agosto de 2025. El anexo 3, relativo a la información cuantitativa sobre cenizas volcánicas, entrará en vigor el 26 de noviembre de 2026; El Anexo 14, Tomo I, relativo a servicios terrestres, regirá el 26 de noviembre de 2026, y respecto a superficies limitadoras de obstáculos, regirá el 21 de noviembre de 2030; todas las demás disposiciones aplicarán el 27 de noviembre de 2025. La primera edición de los “Procedimientos de Servicios de Navegación Aérea - Meteorología” aplicará el 27 de noviembre de 2025.

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